Asesoramiento especializado en medidas de apoyo a personas con discapacidad

La Ley 8/2021, de 2 junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, entró en vigor en Septiembre de 2021.

En resumen, esta ley ha impulsado un enfoque más inclusivo y respetuoso de los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito legal, permitiéndoles tomar decisiones y ejercer su capacidad jurídica de manera más autónoma y con el apoyo necesario cuando sea requerido.

Esta Ley ha tenido un impacto significativo en el ejercicio de la capacidad jurídica de estas personas. Entre otros aspectos ha eliminado de la antigua incapacitación judicial y se han sustituido figuras como la patria potestad prorrogada o rehabilitada y la tutela sobre personas mayores de edad con discapacidad, por la curatela.

Principio general: reconocimiento de capacidad jurídica.

El principio general de esta Ley es el reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Además se preven medidas para garantizar el derecho a tomar decisiones propias, respetando su individualidad y su autonomía para el manejo de su patrimonio.

Además de las medidas de apoyo de naturaleza voluntaria, se han previsto otras opciones para apoyo a las personas con discapacidad:

  • La guarda de hecho.
  • La curatela.
  • El defensor judicial.

En el caso de las medidas de naturaleza voluntaria, la propia persona con discapacidad puede establecerlas dejando constancia en escritura pública la persona que le prestará apoyo y el ámbito de actuación del mismo.

Diferente es la guarda de hecho; esta medida solo se aplicará cuando no existan medidas de apoyo, ya sean voluntarias o judiciales, y al mismo tiempo se entienda que son suficientes para proteger los derechos de la persona con discapacidad.

La curatela, en cambio, será una medida que requerirá una resolución judicial. Estas medidas de apoyo judiciales se revisarán periódicamente, cada 3 años normalmente.

Finalmente, el defensor judicial se designará en casos específicos, como cuando la persona necesite constar a una demanda o que la persona que le presta apoyo no pueda hacerlo circunstancialmente.

Si necesita un asesoramiento cualificado en este ámbito, cuente con Álvarez Molina Abogados y sus abogados especialistas en medidas de apoyo a las personas con discapacidad en La Rinconada.