Nuestro equipo está especialmente cualificado y formado para trabajar en este tipo de asuntos, ya que conoce el funcionamiento de la administración, legislación y autoridades españolas. Asimismo, conocen la normativa, Reglamentos, Convenios y Tratados internacionales aplicables a la solución de cada conflicto, teniendo en cuenta la legislación de los países implicados.

A título de ejemplo, estamos capacitados para desarrollar las siguientes actuaciones:

  • Divorcio internacional; competencia judicial internacional en materia de divorcio; ley aplicable a los efectos del matrimonio internacional; capitulaciones matrimoniales en los matrimonios con elemento extranjero; ley aplicable al divorcio internacional; elección de ley aplicable en materia de separación y divorcio. Reconocimiento en España de los divorcios pronunciados en el extranjero -exequátur-.
  • Sustracción internacional de menores; cooperación internacional en materia de restitución de menores; ejecución directa de las resoluciones que acuerdan la restitución de un menor.
  • Crisis referidas a las parejas de hecho internacionales.
  • Responsabilidad parental en el ámbito internacional.
  • Tutelas internacionales de menores.
  • Adopción internacional.
  • Ley aplicable en asuntos internacionales a la responsabilidad parental, guarda y custodia, derechos de visita, reconocimiento de resoluciones en materia de familia, reconocimiento registral directo, ejecución directa de los derechos de visita.
  • Notificaciones transfronterizas, práctica de prueba transfronteriza, comisiones rogatorias, exequátur de sentencia en materia de familia.
  • Justicia gratuita en los litigios transfronterizos.
  • Sucesiones internaciones, competencia, ley aplicable, reconocimiento de resoluciones, certificado sucesorio europeo, derecho comparado en materia de familia y sucesiones.
  • Aplicación judicial del derecho extranjero.
  • Celebración del matrimonio con elemento extranjero. Reconocimiento en España de los matrimonios celebrados en el extranjero.